| 1º ESO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| 2º ESO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| 3º ESO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| * Actuación cofinanciada por la Unión Europea. Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación. FSE 2014-2020. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 4º ESO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| * Actuación cofinanciada por la Unión Europea. Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación. FSE 2014-2020. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Programa de Mejora del Aprendizaje y Rendimiento | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN LA ESO (LOMCE)
- No impide al alumno seguir con éxito el curso siguiente.
- Tiene expectativas favorables de recuperación.
- Que dicha promoción beneficiará a su evolución académica.
- Que puedan aplicarse al alumno/a las medidas propuestas en el consejo orientador.
- La valoración de cada caso excepcional se realizará teniendo en cuenta la trayectoria del alumno a lo largo de su escolarización, realizada, por parte de su tutor/a, mediante los siguientes indicadores:
- Referidos a poder seguir con éxito el curso siguiente:
- Continuidad de las áreas no superadas al siguiente curso.
- Calificación de las materias no superadas.
- Si son materias pendientes de cursos anteriores.
- Las faltas y conductas contrarias a la convivencia.
- Referidos a las expectativas favorables de recuperación:
- Áreas de cursos anteriores superadas este curso.
- Referidos a su evolución académica:
- Cursos repetidos en primaria.
- Cursos repetidos en secundaria.
- Apoyo y/o refuerzo seguido o que podrá seguir.
- O bien permanecer un año más en el mismo, si no ha repetido ya en la etapa.
- O bien desistir de continuar cursando el Programa, siempre que ellos mismos o sus padres o tutores, si son menores de edad, lo soliciten por escrito ante el director del centro con anterioridad al 10 de septiembre. El alumno que haya finalizado voluntariamente el Programa, se podrá incorporar al curso ordinario que le corresponda tras aplicar los criterios de promoción establecidos.
LA TITULACIÓN EN LA ESO 
Hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado Social y Político por la Educación, la titulación para el Curso 2019/20 se rige por los siguientes criterios:

- Obtendrán directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria los alumnos/as que superen todas las materias de la etapa.
- Asimismo, obtendrán dicho título aquellos alumnos/as que hayan obtenido evaluación negativa en un máximo de dos materias siempre que estas no sean de forma simultánea Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas.
- En este supuesto anterior, el equipo docente considerará, tras un estudio académico de cada caso, si la naturaleza y el peso de las materias no superadas en el conjunto de la etapa no han impedido alcanzar las competencias básicas y los objetivos de la etapa al alumno/a.
- La valoración de cada caso se realizará teniendo en cuenta la trayectoria del alumno/a a lo largo de su escolarización, realizada, por el tutor/a del alumno/a, mediante los siguientes indicadores:
- Calificaciones del alumno/a durante el curso.
- Calificaciones de las materias no superadas en septiembre.
- Áreas pendientes de cursos anteriores superadas durante el curso.
- Inasistencia injustificada a las clases de las materias con calificación negativa.
- Incumplimiento de las tareas o actividades programadas de recuperación de las materias con calificación negativa en las convocatorias ordinarias y extraordinarias de evaluación.
- Las faltas y conductas contrarias a la convivencia.
TITULACIÓN (LOMCE)
NO SERÁ DE APLICACIÓN hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado Social y Político por la Educación. (Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa)
