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Promoción en el Bachillerato

LA PROMOCIÓN Y TITULACIÓN EN EL BACHILLERATO (LOMCE)

De interés en los procesos de evaluación, promoción y titulación:

Evaluación:

  • La evaluación, en el Bachillerato, es continua.
  • Pero, si se falta a clase injustificadamente y de modo reiterado, al no poder aplicar correctamente los criterios de evaluación en alguna materia, se podrá determinar el número de pruebas, controles y/o exámenes a los que presentarse el alumno/a en lo que reste de curso académico, con tal de comprobar el grado de adquisición de los objetivos de la materia y obtener así los datos necesarios para la calificación de la asignatura.
  • Con el fin de garantizar el derecho del alumnado a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, al comienzo del curso se hacen públicos los criterios que se van a aplicar para la evaluación (contenidos mínimos exigibles, procesos de recuperación y de apoyo previstos y criterios de calificación)
  • Los resultados de la evaluación se expresan mediante calificaciones numéricas de cero a diez sin decimales, considerándose negativas las calificaciones inferiores a cinco.

Promoción LOMCE

  • Promocionarán del 1º al 2º curso los alumnos que tras la evaluación final ordinaria de junio, o la extraordinaria de septiembre, hayan superado todas las materias, o les queden pendientes de superar una o dos materias.
  • Los alumnos que al término de 2º tuvieran evaluación negativa en algunas materias, podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas, o podrán decidir matricularse, además, de las materias de segundo curso ya superadas, en cuyo caso deberá renunciar previamente (por escrito al director del instituto antes del 10 de octubre - ver modelo de escrito) a las calificaciones obtenidas en el curso anterior. La renuncia supondrá la repetición del curso segundo completo y será irrevocable.

Titulación LOMCE

  • Se titula tras la superación (nota igual o superior a 5) de una prueba de evaluación final cuyo valor en la calificación definitiva será del 40%; más el 60% que lo ponderará la calificación media de las materias cursadas en la etapa. Para su realización, el alumno habrá de tener aprobadas todas las materias de Bachillerato.

NO SERÁ DE APLICACIÓN hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado Social y Político por la Educación. (Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa)

Matrícula de Honor

  • A aquellos alumnos que hubieran obtenido en 2º de bachillerato una nota media igual o superior a nueve (9), se les podrá consignar la mención «Matrícula de Honor» que se concede a uno de cada 20 alumnos matriculados en 2º curso, o fracción superior a 15. Cuando se produzca mayor concurrencia que Matrículas a conceder, los criterios para su concesión seguirán los siguientes criterios de preferencia:

    • Mayor nota media de 2º de Bachillerato
    • Mayor nota media de Bachillerato
    • Menor número de incidencias en su expediente académico
    • Mayor participación en las actividades complementarias del instituto.
Enlaces Institucionales
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